Según esta decisión publicada en el Boletín, todas las oficinas que aparecen en esa relación –que abarca desde las sedes ministeriales centrales a las dependencias de la Seguridad Social y la Agencia Tributaria en todas y cada una de las provincias y ciudades autónomas, entre otras- habrán de cumplir los requisitos de accesibilidad universal y diseño para todas las personas contenidos en el real decreto 366/2007, de 16 de marzo, por el que se establecen las condiciones de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad en sus relaciones con la Administración General del Estado.
El resto de oficinas, sedes y dependencias de la Administración del Estado no incluidas en esta relación no significa que estén exentas de la obligación de ser accesibles, sino que las señaladas en el listado publicado tienen que cumplir mayores y suplementarias exigencias de accesibilidad, por estar concebidas y tener como misión la atención directa a la ciudadanía.
El CERMI ha colaborado con la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas para la delimitación del universo de oficinas afectadas por estas obligaciones de accesibilidad y para la definición del procedimiento para incorporar progresivamente otros más, a fin de que la Administración del Estado avance en el objetivo de la accesibilidad universal.