La Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, supone pasar de un sistema con funciones mayoritariamente representativas a un sistema de apoyos, quedando las representativas solamente para situaciones excepcionales.
A través del Informe Social se facilita la valoración del tipo de apoyos o asistencia que cualquier persona y su familia puedan precisar en un momento determinado de su vida previa petición de la autoridad judicial. De ahí, el importante papel que va a adquirir el diagnóstico social en este nuevo sistema de provisión de apoyos.