Plena Inclusión Madrid

El Congreso manifiesta su disposición a tramitar la reforma de la Ley Electoral

Plena Inclusión Madrid está contenta porque el Congreso de los Diputados aprobó una proposición para reformar la Ley Electoral. 

La reforma tiene como objetivo que las personas con discapacidad intelectual puedan votar.

Esta propuesta se debatió por iniciativa de la Asamblea de Madrid. 

Plena Inclusión Madrid está satisfecha del resultado del debate parlamentario del pasado 7 de noviembre, en el que a propuesta de la Asamblea de Madrid se debatía una reforma de la Ley Electoral que permita el ejercicio del derecho al voto de las personas con discapacidad intelectual y que fue aprobado por unanimidad en el Congreso. La propuesta, liderada por el PSOE Comunidad de Madrid y pactada por todos grupos políticos con representación en la Asamblea de Madrid, fue presentada al congreso por Alfonso Serrano (PP)Mónica Silvana (PSOE), Beatriz Jimeno (Podemos). [Puedes ver el debate completo en este enlace.]

El texto de esta proposición está amparado por la Constitución y por normativas internacionales como la Convención de Derechos de las personas con discapacidad de las Naciones Unidas y permitirá que se devuelva el derecho al sufragio a las cerca de 100.000 que no lo pueden ejercer ya por decisión judicial, 11800 en la Comunidad de Madrid, según estimaciones del Comité de Entidades Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) y datos del  Censo electoral.

Para Mariano Casado, presidente de Plena Inclusión Madrid,  se trata de un momento muy importante, pues es un paso más hacia la ciudadanía de las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo.  Para el presidente del Cermi, Luis Cayo, se ha mostrado confiado en que la reforma siga su curso tal y como registró la Asamblea de Madrid, eliminando los apartados de la Ley Electoral según los cuales carecen de sufragio “los declarados incapaces en virtud de sentencia judicial firme, siempre que la misma declare expresamente la incapacidad para el ejercicio de sufragio” y  “los internados en un hospital psiquiátrico con autorización judicial durante el período que dure su internamiento siempre que en la autorización el juez declare expresamente la incapacidad para el ejercicio del derecho del sufragio”.

COMPARTE

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp