Las personas con la capacidad de obrar modificada que vivan solas o con un cuidador no familiar podrán cobrar el Ingreso Mínimo Vital.
El Ingreso Mínimo Vital es una ayuda aprobada por el Gobierno para las personas en riesgo de exclusión social.
La ley del Ingreso Mínimo Vital dejaba fuera a muchas personas con discapacidad.
Por eso, el Cermi había solicitado que se modificara la ley.
La Seguridad Social ha dictado un oficio que incluye a las personas incapacitadas judicialmente.
Permite que los representantes legales de esas personas soliciten la ayuda.
Esta decisión supone un gran avance para el sector de la discapacidad.
Las personas cuya capacidad de obrar ha sido modificada judicialmente podrán percibir el Ingreso Mínimo Vital (IMV) aunque vivan solas o con un cuidador con el que no mantienen parentesco cercano, según un nuevo oficio dictado por el director General de Ordenación de la Seguridad Social, Borja Suárez, en respuesta a una petición del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi). Esta reivindicación partía de que la redacción del decreto-ley que regula esta prestación suponía una «exclusión de facto» y «una discriminación» para un sector de la población en grave riesgo de exclusión, que afectaba directamente a muchas personas con discapacidad.
El texto original establece que pueden ser beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital las personas mayores de 23 años y menores de 65 con plena capacidad de obrar que lo soliciten, en nombre propio o de su unidad de convivencia. También las personas mayores de edad (18 años) con hijos a cargo y quienes comparten el domicilio con otros sin haber constituido una unidad familiar, siempre y cuando acrediten capacidad de obrar plena.
Esta redacción, por tanto, excluía a los mayores de edad con algún tipo de incapacitación judicial que vivan solos o que convivan con un cuidador que no sea familiar suyo en primer o segundo grado, incluso aunque cumplieran los criterios económicos para solicitar la prestación.
Por ello, el presidente del Cermi, Luis Cayo Pérez, solicitó por carta al director general de Ordenación de la Seguridad Social del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones «una interpretación del actual artículo 5 de este decreto», informa Servimedia.
En dicha misiva, Cayo planteaba que las personas con la capacidad de obrar modificada judicialmente que lo solicitaran a través de sus representantes legales pudieran ser beneficiarias del IMV, por lo menos durante los meses que transcurran hasta la modificación definitiva del decreto-ley tras su paso por el Parlamento.
«Una discriminación injustificable»
Borja Suárez reconoció en su respuesta al Cermi que, «en sus términos vigentes, el texto supone una discriminación» para las personas con discapacidad y la capacidad de obrar modificada judicialmente, al quedar «excluidas de la prestación por un formalismo innecesario». En este sentido, respaldó la iniciativa y admitió la necesidad de establecer un criterio general aclaratorio, dada «la gran casuística y las dificultades prácticas» que están apareciendo en las solicitudes de la ayuda.
El director general de la Seguridad Social reconoció que «una de las cuestiones a resolver de forma inmediata y sin demora es la condición de titular y beneficiario del IMV de los mayores de edad sometidos a tutela o curatela que viven de forma independiente, con la asistencia o no de un cuidador», por lo que establece que los representantes legales de estas personas podrán solicitar dicha ayuda en su nombre, para «evitar la desatención» de dicho colectivo y corregir una «discriminación injustificable».
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación aprobada el pasado 29 de mayo, en medio de la pandemia por la COVID-19, con el objetivo de prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas. Fundación Esfera ha publicado una guía de información sobre cómo solicitar estas y otras ayudas elaborada en lectura facilitada.