Plena Inclusión Madrid

El BOE publica la instrucción que permite a personas con discapacidad desplazarse por el exterior

El Boletín Oficial del Estado publica hoy una intrucción sobre la movilidad de personas con discapacidad.

Establece que las personas con discapacidad con alteraciones de conducta que necesiten salir por el bien de su salud, pueden hacerlo acompañados.

Durante sus paseos deben cuidar las medidas de precaución ante contagios.

Es recomendable salir con el certificado  o tarjeta de discapacidad.

La Instrucción publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado por el Ministerio de Sanidad, tiene como objetivo establecer criterios interpretativos con relación a las actividades permitidas y que afectan al libre derecho de circulación de las personas mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

Así, queda recogido en la instrucción que se habilita a habilita a las personas con discapacidad, que tengan alteraciones conductuales, como por ejemplo personas con diagnóstico de espectro autista y conductas disruptivas, el cual se vea agravado por la situación de confinamiento derivada de la declaración del estado de alarma, y a un acompañante, a circular por las vías de uso público, siempre y cuando se respeten las medidas necesarias para evitar el contagio.

Esta instrucción responde a la necesidad que presentan algunas de las personas con discapacidad, que sin comprender por qué deben estar confinadas en sus hogares no son capaces de adaptarse al confinamiento generando alteraciones de conductas que pueden implicar un riesgo para su salud  y la seguridad o la de quienes conviven con ellas.

Como medida de precaución, y por si las autoridades solicitaran justificación de motivos para estar en vía pública, es recomendable portar el certificado o tarjeta de discapacidad, la prescripción de un profesional sanitario o social (en caso de disponer de ello), la copia y/o referencia de la instrucción e informes médicos, psicológicos o sociales complementarios en los que se describan las necesidades individuales y/o la existencia de dificultades conductuales (en el caso de disponer de ellos)

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