Plena Inclusión Madrid

Declaración de la Renta 2021. Información útil para personas con discapacidad y sus familias

En abril comienza el plazo para realizar la declaración de la Renta.

Puedes hacer la declaración:

  • Por teléfono. Hay que pedir cita previa. 
    Para pedir cita previa por teléfono automático: 91 535 73 26 ó 901 12 12 24
    Para pedir cita previa con atención personal: 91 553 00 71 o 901 22 33 44
    Para pedir cita previa por Internet: aquí
  • De forma presencial
    Para pedir cita previa con atención personal: 91 553 00 71 o 901 22 33 44
    Para pedir cita previa por Internet: aquí
  • Por Internet
    Necesitarás DNI electrónico, certificado electrónico o Cl@ve PIN 

Hay prestaciones que no tributan aunque hay que incluir en la declaración. Por ejemplo:

  • Ayudas recibidas por la Ley de Dependencia, Ingreso Mínimo Vital o Renta Mínima de Inserción
  • Prestaciones por acogimiento de personas con discapacdiad
  • Ayudas para financiar residencia o centro de dia de personas con porcentaje de discapacidad igual o superior al 65%

Hay deducciones para otros conceptos:

  • Cuando tienes descendiente, ascendiente o pareja con discapacidad
  • Por patrimonio protegido
  • Por planes de pensiones
  • Por adaptación de vivienda

Como cada año, con el mes de abril llega el momento realizar la declaración de la Renta. Un proceso no exento de dificultades por las dudas que surgen a los y las contribuyentes y que comienza con la obtención de un primer borrador sobre el que cada persona irá actualizando su información fiscal.

Esta información habrá de tener en cuenta, por ejemplo, la situación laboral, ayudas percibidas como las de dependencia, o prestaciones como la Renta Mínima de Inserción o el Ingreso Mínimo Vital, aunque estas estén exentas de tributación.

El plazo para presentar la declaración de la Renta comienza el 6 de abril y finalizará el 30 de junio. La declaración puede presentarse por Internet, por teléfono y de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria.

Plazos y modalidades

Si se opta por la modalidad telefónica para presentar la declaración es necesario pedir cita previa para asistencia, confección y presentación de la renta. Las citas se otorgarán desde el 5 de mayo, por teléfono automático (91 535 73 26 ó 901 12 12 24), teléfono con atención personal (91 553 00 71 o 901 22 33 44) o mediante Internet.

La opción presencial también requiere cita previa. En este caso, las citas podrán solicitarse desde el 26 de mayo, y comenzarán a asignarse desde el 1 de junio. Para pedir cita presencial es posible hacerlo por las mismas vías que la en la modalidad anterior, salvo la telefónica automática.

Para aquellas personas que opten por la modalidad telemática, será necesario acceder a la página web de la Agencia Tributaria mediante DNI electrónico, certificado electrónico, la Cl@ve PIN o un número de referencia que se obtiene con datos de la declaración del ejercicio anterior. Esta guía de Plena Inclusión Extremadura te explica en lectura fácil como funciona la Cl@ve PIN.

Lo que no tributa

A pesar de encontrarse exentas de tributar, es necesario declarar los importes satisfechos relacionados con:

  • Prestaciones económicas reconocidas por la Seguridad Social o entidades públicas que las sustituyan como consecuencia de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez y prestaciones de maternidad, paternidad y familiares no contributivas
  • Las pensiones por inutilidad o incapacidad permanente del régimen de Clases Pasivas
  • Prestaciones reconocidas a profesionales no integrados en el régimen general de Seguridad Social de trabajadores por cuenta propia o autónomos y Mutualidades de Previsión Social
  • Prestaciones públicas por acogimiento de personas con discapacidad o equivalentes, previstas en las Comunidades Autónomas
  • Ayudas establecidas a personas con discapacidad igual o superior al 65% para financiar su estancia en residencias o centros de día
  • Rendimientos de trabajo derivados de prestaciones obtenidas en forma de renta y de las aportaciones a patrimonios protegidos
  • Prestaciones económicas vinculadas al servicio para cuidados en entorno familiar y asistencia derivadas de la Ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia
  • La Renta Mínima de Inserción y el Ingreso Mínimo Vital

Otras deducciones

En lo referente a las deducciones por descendiente, ascendiente o cónyuge con discapacidad a cargo, asciende en todos los casos a 1.200€ anuales, siempre que se cumplan algunos requisitos que puedes consultar en cada caso en este enlace.

Podrán beneficiarse de la deducción por patrimonio protegido los familiares directos o colaterales de personas con discapacidad psíquica igual o superior al 33%, y discapacidad física o sensorial igual o superior al 65%, así como cónyuges y quienes tengan a esta persona en régimen de tutela o acogimiento. Esta deducción da derecho a reducir la base imponible del aportante, con el límite máximo de 10.000 € anuales, aunque el conjunto a favor de un mismo patrimonio protegido no ha de superar los 24.250 € anuales. Toda la información en este enlace.

Los planes de pensiones y otros sistemas de previsión social permiten a las mismas personas que en la deducción anterior realizar la deducción. En este caso, cuando las aportaciones cubren exclusivamente el riesgo de dependencia severa o de gran dependencia realizadas a favor de personas con discapacidad psíquica igual o superior al 33%, discapacidad física o sensorial igual o superior al 65% e incapacidad declarada judicialmente con independencia de su grado. Los importes varían entre los 10.000 y los 24.250€. Puedes ver más información aquí.

En el caso de que la persona haya realizado obras para adecuación de la vivienda por razón de su propia discapacidad, cónyuge o pariente hasta tercer grado inclusive cando éste convive con él. La base máxima de deducción es de 12.080€.

Más información

A efectos de ofrecer información específica para personas con discapacidad en lo relacionado con la Renta 2021, la Agencia Tributaria ha emitido esta nota informativa.

Si todavía necesita apoyo o tiene dudas sobre los conceptos que incluir en su declaración, también puede solicitar una cita con el Servicio de  Información y Orientación de Plena Inclusión Madrid. 

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