DESCRIPCIÓN
El objetivo principal de este programa es garantizar que las personas con discapacidad intelectual en especial riesgo de exclusión social en la Comunidad de Madrid, dispongan de una red de apoyos personalizados y transversal en base a la realidad de cada persona.
Esta red de apoyos es básica para asegurar que se cumplen sus derechos como ciudadanos/as, mejorar su calidad de vida, desarrollar su proyecto de vida desde un proceso de autonomía personal y conseguir su inclusión plena en igualdad de condiciones y oportunidades con el resto de la ciudadanía.
En ese sentido, desde Plena Inclusiónn Madrid trabajamos para:
- Establecer redes de colaboración con profesionales del ámbito de la exclusión social y la discapacidad intelectual, para dar una respuesta transversal a las necesidades específicas de cada persona.
- Apoyar y dotar de herramientas a personas con discapacidad intelectual y/o del desarrollo en especial riesgo de exclusión social, desde un enfoque comunitario para promover su calidad de vida e inclusión social.
- Ampliar y fomentar redes de trabajo de profesionales de distintos recursos y servicios comunitarios para que la prestación de apoyos a las personas con discapacidad intelectual y/o del desarrollo en mayor riesgo de exclusión social sea lo más integral y completa posible
RESULTADOS
En el marco de este proyecto, durante el año 2021 se han desarrollado las siguientes actividades:
- Generación de una red de trabajo y de un registro de profesionales de referencia del ámbito de la exclusión social y la discapacidad intelectual, y para dar una respuesta transversal a las necesidades específicas de cada persona.
- Provisión de apoyos en el contexto natural a 46 personas con discapacidad intelectual y/o del desarrollo en especial riesgo de exclusión social, desde un enfoque comunitario para promover su calidad de vida e inclusión social.
COLABORADORES

AGENDA 2030




CONVENCIÓN DE DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Artículo 24: Educación
Artículo 25: Salud
Artículo 27: Trabajo y Empleo
Artículo 28: Nivel de vida adecuado y protección social